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lunes, 15 de agosto de 2016

Presenta Fidel Calderón reforma que garantiza autonomía plena a la Procuraduría Agraria



Con la finalidad de dotar a la Procuraduría Agraria de plena autonomía, el diputado federal Fidel Calderón Torreblanca, presentó una iniciativa de reforma a la fracción XIX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señalando que estamos frente al reto de realizar una profunda reforma productiva, organizativa, institucional y jurídica en el campo mexicano y ello viene acompañado de nuevas oportunidades pero también de amenazas.
Hoy, destacó el legislador integrante de la Comisión de Recursos Hidráulicos, las actividades y el valor de la tierra no son sólo agrícola, ganadera o forestal, son también complejos turísticos, carreteras, urbanización, trazado de ductos y redes eléctricas, hidrocarburos, minería, parques eólicos y agua entre otros rubros.
Esas riquezas y vocaciones son ambicionadas por grandes corporaciones nacionales y extranjeras, quienes solo ven por sus intereses sin los contrapesos políticos y jurídicos necesarios, se proponen explotar y saquear dichos recursos aprovechándose de la pobreza y debilidad de la población local. Como es de conocimiento público, la reciente reforma energética "flexibilizó" las leyes en favor de los intereses de esas grandes corporaciones.
Por tal motivo se propone que la designación del Procurador Agrario esté a cargo de la Cámara de Diputados o en su caso de la Comisión Permanente, previa terna que someta a su consideración el Ejecutivo Federal. Su cargo tendrá una duración de cinco años y podrá ser reelecto por un periodo igual.
La Procuraduría contará con un órgano de gobierno que presidirá el Procurador, integrada por seis Consejeros Independientes con capacidad y experiencia probada de los cuales tres serán electos por las 2/3 partes de la Cámara de Diputados y los otros tres bajo el mismo mecanismo por el Senado. En la toma de decisiones, en caso de empate el Procurador tendrá voto de calidad.

La reforma propone establecer en el nivel constitucional el carácter de la Procuraduría como un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica, funcional y de gestión para que ejerza a plenitud las atribuciones de órgano tutelar de los derechos particulares y colectivos de los sujetos agrarios, en armonía con las prescripciones sobre derechos humanos del artículo 1º. Constitucional.